jueves, 7 de noviembre de 2013

EIE TEMA 3



TEMA 3: FORMAS JURIDICAS DE LA EMPRESA

INTRODUCCION

TIPOS DE EMPRESAS SEGÚN SU FORMA DE JURIDICA
Ø  EMPRESA INDIVIDUAL

Ø  SOCIEDADES MERCANTILES

*      PERSONALISTAS
ü  COLECTIVAS
ü  COMANDITARIAS

*      CAPITALISTAS
ü  LIMITADA
ü  ANONIMA

Ø  SOCIEDADES DE ECONOMIA SOCIAL

*      COOPERATIVAS
*      LABORALES

1.     EMPRESARIO INDIVIDUAL

Es toda aquella persona física mayor de edad o menor emancipado con capacidad legal que ejerce una actividad empresarial de forma habitual. Actúan en nombre propio y con responsabilidad personal e ilimitada. Este empresario tendrá como tributación principal sobre su actividad el IRPF y debería darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
VENTAJAS E INCOVENIENTES DE UN EMPRESARIO INDIVIDUAL
VENTAJAS
INCOVENIENTES
Control total sobre la empresa
Responsabilidad personal ilimitada ante los posibles acreedores (te embargan todo tu patrimonio)
No es preciso aportar capital mínimo
Forma jurídica poco propicia para el crecimiento de la empresa
Sencillez en los tramites de creación


2.     SOCIEDADES PERSONALISTAS

Se denominan personalistas porque distinguen entre tipos de socios; y se caracterizan porque los socios responsables de la gestión tienen responsabilidad ilimitada.



2.1. SOCIEDADES COLECTIVAS

Se caracterizan por:
*      Dos tipos de socios:

ü  COLECTIVOS: aportan capital a la empresa; se hacen cargo de la gestión y de su responsabilidad es ilimitada.
ü  INDUSTRIALES: aportan trabajo a la sociedad y no tienen responsabilidad frente a los acreedores.
Guardería: Luis (Colectivo) aporta capital. No tiene estudios
                                                2º TSEI (industriales). Trabajan con estudios
*      Todos los socios deben de darse de alta en el RETA
*      Debe iniciarse al menos con 2 socios (uno colectivo y uno industrial )
*      El nombre de la sociedad será el nombre y apellidos de uno de los socios, acompañado de la expresión “ Y COMPAÑÍA” o “Y CIA”

2.2. SOCIEDAD COMANDITARIA

Es un tipo de sociedad colectiva pero con una gran diferencia. En la comanditaria no hay socios industriales que aporten trabajo sino solo socios capitalistas que aportan capital.
*      Hay 2 tipos de socios:

ü  COLECTIVOS: aportan capital, se encargan de la gestión y tienen responsabilidad ilimitada.
ü  COMANDITARIOS: solo aportan capital y su responsabilidad se limita a la aportación. Tampoco tienen responsabilidades de gestión.

*      La sociedad comanditaria además prevé dos modalidades de sociedad.

ü  SIMPLE: Seria como la LIMITADA con las diferencias señaladas en los tipos de socios.
ü  POR ACCIONES: se asimilaría jurídicamente mas a una sociedad Anónima

*      El nombre de la sociedad comanditaria es libre añadiendo una de las siguientes características:

ü  Sociedad comanditaria
ü  Sociedad en comandita
ü  S.Com

3.     SOCIEDADES CAPITALISTAS

Las sociedades capitalistas son aquellas que tienen por objeto realizar operaciones económicas con fines lucrativos. El capital está dividido en parte alícuotas (igual valor o igual cuota) que pueden ser objeto de venta. Presentan además las siguientes características:
*      La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado
*      Deben constituirse como persona jurídica en escritura publica
*      La capacidad de control y decisión de los socios es proporcional al capital aportado
*      Se pueden limitar por ley el número de socios y el capital
*      Se deben de dar de alta en el registro mercantil
*      Su tributación principal es el impuesto sobre sociedades

3.1. SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Es una sociedad mercantil en la que el capital social está repartido en participaciones de igual valor e integrado por las aportaciones de los socios.
Las notas definitorias de las sociedades de responsabilidad limitada son:
*      Los socios tienen una responsabilidad limitada a su aportación ante deudas de la empresa
*      La constitución de la sociedad requieren un capital mínimo de 3005,06
*      La tributación principal es el impuesto sobre sociedades
*      No existe limite mínimo, ni máximo de socios para su funcionamiento, pero para la creación debe ser al menos 2 socios
*      El principal órgano de gestión es la junta general de socios y en ellas están todos los socios y se toman las decisiones por mayoría en función del porcentaje de participación.
*      El nombre de la sociedad es libre pero debe incluir las siglas SL o SRL
SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA (SLNE)
Es el producto de una ley de Abril del  2003 con el objetivo de posibilitar la creación de microempresas y de facilitar a muchos trabajadores autónomos la adopción de una forma jurídica mucho más ventajosa para sus negocios
Es una sociedad limitada peculiar que mantiene las ventajas de las sociedades de responsabilidad limitada y trata de eliminar los inconvenientes de la dificultad de tramitación en la constitución y puesta en marcha. Su desarrollo se basa en 3 pilares:
*      Para la creación no hay mínimos de socio pero si un máximo de 5 y además nunca podrá tener un capital superior a 120.000 euros.
*      Se pone en funcionamiento en EL CENTRO DE INFORMACION Y RED DE CREACION DE EMPRESAS (CIRCE), que presta servicios a los emprendedores en la creación de empresas y en los primeros años de puesta en marcha. Su herramienta más importante es el Documento Único Electrónico (DUE) que es un documento que se gestiona por medios telemáticos y que nos permite con una gran sencillez documental crear una nueva empresa y ponerla en marcha en 48 horas.
*      Aplicación de un modelo de contabilidad simplificada

3.2. SOCIEDADES ANONIMAS

Es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de la participación en el capital social de la empresa mediante acciones, que son partes alícuotas (iguales cuotas) del capital de la sociedad anónima. El número de acciones que una persona posea de una sociedad anónima determina su participación en los beneficios y su capacidad de control
Las notas definitorias de la sociedad anónima son:
*      Las acciones son de transmisión libre y existe un mercado especifico para ellas: las bolsas de valores
*      La responsabilidad de los socios se limita al valor de sus acciones
*      Para su creación se requiere un capital social mínimo de 60101,21 euros
*      Su tributación principal es el impuesto sobre sociedades
*      En las acciones se distinguen 3 tipos de valores:

ü  NOMINAL: Es el que figura en el titulo y representa que parte o porcentaje del capital social implica esa acción
ü  DE COTIZACION: representa el precio por el que se compra o vende una acción en el mercado de valores
ü  TEORICO: se calcula el valor real de la empresa y se divide por el nº de acciones.
*      El nombre de las sociedades anónimas es libre pero debe de ir acompañado de las siglas SA (CLESA, RUMASA)

4.     SOCIEDADES DE ECONOMIA SOCIAL


4.1. SOCIEDADES LABORALES

Se entiende por sociedad laboral aquella sociedad anónima o limitada donde la mayoría del capital es propiedad de trabajadores de la empresa.
Las notas definitorias de la sociedad laborales son:
*      La mayoría del capital es la propiedad de los trabajadores por lo tanto hay 2 tipos de socios: trabajadores y capitalistas (que poseen acciones  o participaciones pero no son trabajadores).
*      Los trabajadores asalariados no socios no pueden ocupar más del 25% del tiempo de trabajo total del empresa
*      Ningún socio puede tener más del 33% del capital social. Por lo tanto el nº mínimo de socios es de 3, de los cuales son 2 trabajadores.
*      Las exigencias mínimas del capital son de 3005,06 euros si es Sociedad Limitada laboral y 60101,21 si es Sociedad Anónima Laboral
*      El nombre es libre pero debe ir acompañado de las siglas SLL si es limitada o SAL si es anónima

4.2. SOCIEDADES COOPERATIVAS

Son sociedades constituidas por personas que se asocian en régimen de libre adhesión y baja voluntaria para desarrollar cualquier tipo de actividad que tengan en común. Puede haber cooperativas de cualquier tipo de actividad, las más frecuentes son de consumo, de producción, de enseñanza, agrarias, sanitarias, de seguros, de créditos, etc.
Cualquier actividad económica lícita podrá ser organizada y desarrollada  mediante una cooperativa
Las características principales que las definen son:
*      En las cooperativas coexisten 3 tipos de personajess:

ü  SOCIOS: aportan capital y trabajo
ü  ADHERIDOS: solo aportan capital y no pueden ser más del 33% de los socios
ü  ASALARIADOS: son trabajadores contratados por la cooperativa y no pueden ser más del 10% de los socios.

*      Las decisiones se toman en órganos colegiados (por ley tienen que ser varios y se toman las decisiones por mayoría), formado por los socios. Los principales son:

ü  ASAMBLEA GENERAL: Esta formada por todos los socios cooperativistas y es el máximo órgano decisor. Se toman las decisiones por mayoría (un socio un voto)
ü  CONSEJO RECTOR: lo elige la asamblea entre los socios y son los responsables de la gestión en el día a día
ü  INTERVENCION: su función es controlar las cuentas de la cooperativa.
ü  COMITÉ DE RECURSOS: se encarga de atender las quejas o reclamaciones de los cooperativistas

*      Existen varios tipos de cooperativas:

ü  1º GRADO: son cooperativas en las que todos los socios son personas físicas. Se exige un numero mínimo de 3 socios para poder constituirla
ü  2º GRADO: los socios son cooperativas de 1º GRADO (es una cooperativa de cooperativas) y se exige un mínimo de 2 socios (2 cooperativas de primer grado) para poder constituirla.

*      No hay exigencia de capital mínimo para constituir una cooperativa
*      La tributación principal de las cooperativas es el impuesto sobre sociedades
*      El nombre es libre acompañado por las expresiones “sociedad cooperativa” o “S. Coop”.

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